El demandante busca indemnización por negligencia en el asesoramiento fiscal gratuito del demandado debido a su amistad. La Audiencia Provincial de León, en la Sentencia 467/2023 del 8 de septiembre, revoca la decisión anterior, declarando la responsabilidad. (Recurso 20/2023).
La sentencia de primera instancia desestimó la demanda, considerando diligente la actuación del demandado al basarse en datos de la Agencia Tributaria y argumentando que el demandante conocía la situación.
La Audiencia Provincial de León revocó esta decisión, apreciando negligencia profesional en el asesoramiento fiscal.
La Sala calificó la relación como un mandato lucrativo, destacando la importancia de la gratuidad en la valoración de la responsabilidad contractual del mandatario.
Aunque se pudo atenuar cuantitativamente la responsabilidad, se subrayó la necesidad de una actuación diligente del mandatario, independientemente de la retribución.
La Audiencia consideró la falta de diligencia del demandado al confiar en datos sin verificar, declarando su responsabilidad por daños y perjuicios, moderada por la gratuidad del servicio, la colaboración del actor, su conocimiento y la no utilización de recursos.
Diario LA LEY, Nº 79, Sección Legal Management, 26 de Diciembre de 2023, LA LEY
